El Consejo de Ministros ha aprobado, con fecha 17 de febrero, Real Decreto por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, la certificación de los profesionales que los utilizan y el establecimiento de los requisitos para las instalaciones que desarrollen actividades que los emitan, con la finalidad de evitar las emisiones a la atmósfera de los gases fluorados de efecto invernadero.

El portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que fue aprobado el Real Decreto que regula la comercialización y manipulación de gases fluorados de efecto invernadero.

Este Real Decreto tiene dos objetivos: por una parte, regular la comercialización de gases fluorados con efecto invernadero y la correcta manipulación profesional de equipos que los contengan y, por otra, regular los requisitos de control de las plantas industriales que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.

Además, se actualizan las disposiciones de la normativa vigente para incorporar aspectos como la constatación de la experiencia profesional a la hora de solicitar un certificado para la manipulación de gases fluorados y se regula la debida formación teórico-práctica, lo cual supone a la vez una renovación y una ampliación del acceso al mercado de trabajo.

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Adaptación al Reglamento Europeo

Por otro lado, se introducen las disposiciones necesarias para adaptarse a lo dispuesto en el Reglamento Europeo sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Para ello, se prevé que el certificado de manipulación de gases fluorados en equipos de refrigeración y equipos de protección contra incendios tenga a partir de ahora validez para las actividades de desmontaje de los equipos.

Se establece, además, que los programas formativos necesarios para la certificación deben incluir formación en nuevas tecnologías, que utilizan gases con bajo o nulo potencial de calentamiento atmosférico, lo cual es imprescindible para que estas tecnologías se introduzcan en nuestro país.

También se adapta el régimen sancionador a lo previsto en el Reglamento europeo, en particular en lo referente al incumplimiento de las condiciones para importar gases fluorados de efecto invernadero y los equipos que los contienen.

Venta de aparatos y equipos con gases fluorados

Asimismo, en el caso de aparatos de aire acondicionado, equipos precargados de refrigeración y bombas de calor con gases fluorados sólo podrán venderse al usuario final cuando se garantice que la instalación será realizada por una empresa habilitada, tal y como marca el Reglamento Europeo.

Finalmente, se incorporan los requisitos que han de cumplir las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados con el objetivo de que estos gases no se liberen a la atmósfera.

Fuente https://www.eseficiencia.es