El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar abre periodo de consulta pública para la propuesta del real decreto por el que se establecen los criterios sanitarios del suministro y control de la calidad del agua de consumo humano.

normativa agua

Pretende instaurar unas directrices actualizadas para asegurar la calidad del agua de consumo humano.

Este proyecto de norma introducirá una serie de novedades derivadas de la Iniciativa Ciudadana Europea sobre el derecho al Agua RIGHT2-WATER relativas al agua de consumo humano

¿Por qué se modifica la actual normativa sobre criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo?

Principalmente para trasponer a la normativa española la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano.

Este futuro real decreto pretende instaurar unas directrices actualizadas para asegurar la calidad del agua de consumo humano. La finalidad es conseguir un completo control y trazabilidad del sistema de abastecimiento de agua desde el punto de extracción hasta el grifo de los consumidores, así como garantizar un acceso universal y equitativo. La normativa también contempla la obligatoriedad de informar a la ciudadanía de la calidad del agua y de las medidas llevadas a cabo en situaciones de incidencia a través de portales informáticos de información o mediante otros medios.

Objetivos de este Real Decreto de aguas de consumo humano

  1. Trasponer la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano
  1. Determinar el marco legal para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación en aguas de consumo humano. Se debe garantizar su salubridad y limpieza, así como mejorar el acceso a dicho recurso.
  1. Determinar criterios técnicos y sanitarios que debe cumplir el suministro y calidad de las aguas de consumo humano y las instalaciones que permitan su distribución.

Cuestiones a solucionar con la nueva normativa de aguas de consumo humano

  1. La futura norma introduce novedades derivadas de la Iniciativa Ciudadana Europea sobre el derecho al Agua RIGHT2-WATER, la cual propone que se actualicen:
  • La lista de parámetros.
  • Los valores paramétricos.
  • El enfoque basado en el riesgo.
  • La información del consumidor.
  • El sistema de aprobación de productos de construcción en contacto con el agua de consumo humano.
  • La información sobre fugas de agua en las redes.
  • El acceso al agua.

2. También se introduce como novedad la “lista de vigilancia” de contaminantes emergentes, que incluye alteradores endocrinos para dar respuesta a la preocupación sobre los efectos en la salud humana de dichos contaminantes.

3. La norma también tendrá en cuenta la evaluación y gestión del riesgo para el agua de consumo humano en instalaciones interiores de edificios, como hospitales, centros de salud, residencias geriátricas, guarderías, centros educativos, edificios con alojamiento, centros comerciales, centros deportivos y de ocio, instituciones penales y militares. Los valores paramétricos utilizados para la evaluación de la calidad del agua de consumo humano en estas instalaciones deben cumplirse en el punto en que el agua de consumo se pone a disposición de los usuarios.

4. En el proyecto de real decreto también se contempla la obligatoriedad por parte de la Administración General de Estado, de las comunidades y ciudades autónomas, de la Administración local y de los operarios, a garantizar el acceso a un suministro mínimo de agua de consumo humano a todos los ciudadanos.

5. La nueva ley introduce nuevas obligaciones por parte de las administraciones y operadores de asegurar transparencia a la información relacionada con el agua de consumo humano de manera accesible.

Periodo de consulta pública

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones potencialmente afectados por la futura norma pueden consultar más información en la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar y dejar sus aportaciones en el correo: rd_agua_consumo@sanidad.gob.es hasta el día 24 de marzo de 2021.

Fuente: Envira