Las ventajas de una mejora en la Calificación Energética

Mejorar   la calificación energética de un edificio mediante la rehabilitación energética implica un ahorro de energía, un ahorro de dinero, mejora en el confort de los ocupantes y una valorización del inmueble.

En los edificios españoles existen márgenes de mejora de hasta el 50% por lo que respecta al consumo de energía en calefacción.

Ocho de cada diez edificios españoles tienen una certificación energética de E o inferior; y es importante saber que una vivienda eficiente que cuente con la categoría más alta de eficiencia energética A consume hasta un 90% menos de energía que una que esté catalogada con el nivel más bajo. Una de clase B en torno al 70%; y la clase C, un 35%.

Este certificado, además de la calificación energética, deberá incluir en el caso de edificios existentes, un documento de recomendaciones rentables sobre cómo mejorar la eficiencia energética del edificio o de una parte de este. Estas medidas no son obligatorias que el propietario las realice, pero si convenientes. Además la clasificación en una escala de la A a la G permite que pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de los edificios con más  alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

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¿Cómo actuar y mejorar la eficiencia energética?

El valor eficiencia energética está en auge y las comunidades de propietarios, a través de los administradores de fincas,  no deben dejar pasar el tren del ahorro.

El pasado 21 de octubre, con motivo del Día Mundial del Ahorro de Energía, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid indicó que el 40% de las comunidades son capaces de ahorrar energía en sus instalaciones.

Los Administradores de Fincas deberían recomendar a sus comunidades que encarguen a un técnico competente la realización de un certificado energético de todo el edificio, beneficiándose de ese modo todos los vecinos cuando, además, alguno de ellos tenga que vender o alquilar su vivienda.

Las acciones que pueden emprenderse para mejorar la certificación energética del edificio son en dos ámbitos fundamentales:

  • la envolvente del edificio,
  • sus instalaciones  térmicas de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.

Hay que reducir las demandas o necesidades de calefacción y refrigeración y esto pasa por mejorar el nivel de aislamiento y de las ventanas, sin olvidar la influencia que en ambos tiene la zona climática y orientación del edificio, su altura, etc.

El problema actual más común suele estar en una vivienda poco confortable, con acristalamientos inadecuados, aislamiento insuficiente o instalaciones de calefacción y producción de agua caliente sanitaria antiguas y de bajo rendimiento, con alto consumo energético y que produce facturas muy elevadas.

La principal ventaja de una rehabilitación energética en un edificio es  que las inversiones que se realizan se pueden recuperar en un plazo variable, en función del tipo de actuación que se acometa.

Los administradores de fincas son los profesionales que más de cerca viven las circunstancias diarias de las comunidades de propietarios y han de llevar a cabo una labor fundamental en este proceso y ser los canalizadores de información, soluciones y proyectos.

Línea de ayudas PAREER CRECE para la rehabilitación energética en edificios existentes

Uno de los principales problemas para acometer una rehabilitación energética de un edificio de viviendas es el de la financiación. Para ello el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), desde mayo de  2013 está desarrollando un Programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes, denominado  PAREER-CRECE, dotado inicialmente con un presupuesto de 200  millones de euros.

El programa está teniendo muy buena acogida, con solicitudes que ya han reservado un presupuesto de 112 millones de euros, siendo los principales beneficiarios de las ayudas concedidas las comunidades de vecinos (un 83%).  Más información

Esta línea está abierta y contempla actuaciones de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica (aislamiento térmico de las fachadas, cubiertas y ventanas),  de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas (calefacción, refrigeración y producción de agua caliente sanitaria) y de iluminación y la sustitución de instalaciones de calefacción y producción de agua caliente sanitaria con energía convencional por biomasa o geotermia. De todas estas medidas la más solicitada hasta la fecha ha sido la mejora del aislamiento de las fachadas de los edificios que ha conseguido importantes reducciones de la factura de calefacción allí donde se ha implantado.

La parte de la inversión susceptible de subvención no debería ser inferior a los 30.000 euros ni superior a los 4 millones para el conjunto de las actuaciones que se realicen en un mismo periodo.

Entre los costes elegibles se incluyen los honorarios profesionales y la inversión en equipos, materiales, los costes de ejecución, obra civil asociada e instalaciones auxiliares y los específicos para cada medida que se vaya a llevar a cabo.

Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en su conjunto en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

Todas las tipologías y beneficiarios tendrán derecho a recibir una ayuda  dineraria sin contraprestación complementada con un préstamo reembolsable.

La ayuda base, en función del tipo de actuación, es elevada y está comprendida entre el 20% y el 30% del coste elegible. Además se pude mejorar significativamente con una ayuda adicional si se cumple uno o varios de los criterios siguientes:

Criterio social: cuando las actuaciones se realicen en edificios  que hayan sido calificados como Viviendas de Promoción Pública y Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o bien las actuaciones sean realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas, de acuerdo con el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016.

Eficiencia energética: actuaciones en las que se mejore la calificación energética del edificio hasta obtener una clase energética A o B,  o bien, incrementen en dos o más letras la calificación energética de partida.

Actuación integrada: cuando se realicen simultáneamente dos o más actuaciones en el edificio, como por ejemplo, mejorar el aislamiento de la fachada y renovar las calderas de calefacción.

La ayuda anterior puede ser complementada con un préstamo reembolsable hasta el 90% de la inversión,  con  las siguientes condiciones:

Tipo de interés: Euribor + 0,0 %

Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año)

Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del  Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.

Cualquier comunidad de vecinos o agrupación de comunidades de propietarios puede ser beneficiario de las ayudas de del Programa PAREER-CRECE,  y las podrá solicitar hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta el agotamiento de los fondos.

Fuente: IDAE