La Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, Juliane Kokott, ha enviado un dictamen jurídico en el que propone a la Corte europea que declare que España ha incumplido sus obligaciones recogidas en la Directiva Marco sobre el Agua, en concreto sobre la normativa aplicable a las cuencas hidrográficas.

El dictamen no es vinculante pero sirve para orientar el sentido de la sentencia que en las próximas semanas se hará pública, después de que la Comisión presentara un recurso contra España por incumplimiento de la normativa comunitaria.

Kokott, que fue quien firmó el dictamen que proponía paralizar los desahucios si había cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios, sostiene ahora que en todas las cuencas hidrográficas intracomunitarias (las que circulan sólo en el interior de una comunidad autónoma), a excepción de Cataluña, «se han adoptado fuera de plazo ciertas disposiciones relativas a los objetivos medioambientales, al sistema de control de ciertos vertidos y al seguimiento del estado de las aguas superficiales».

El plazo otorgado para poner en vigor las disposiciones necesarias concluía el 22 de mayo de 2010, mientras que España se remite a una normativa estatal que entró en vigor un año después. La Abogado general considera además que en todas estas cuencas las disposiciones adoptadas no garantizan una transposición eficaz en lo relativo a ciertos sistemas de control.

Río Tajo. http://www.extremadura.com/

España publicó una orden para transponer estas disposiciones pero de aplicación exclusiva a las cuencas intercomunitarias, aquellas que transcurren por varias comunidades autónomas y cuya legislación corresponde únicamente al Estado. El dictamen considera que resulta dudoso que sea compatible con el derecho de la Unión que una orden dirigida a las cuencas intercomunitarias deba ser aplicada también en las cuencas legisladas por las comunidades autónomas.

«No cabe excluir que, en regímenes federales o descentralizados, la transposición del Derecho de la Unión se garantice a través de la aplicación supletoria de normas estatales, pero esta aplicación supletoria debe quedar fuera de toda duda y el Derecho español no satisface estas exigencias», explican fuentes del Tribunal de Justicia.

En lo que respecta a la transposición en Cataluña, la Abogado General considera que sólo había traspuesto de manera parcial ciertos artículos de la Directiva, pero da por buenas las disposiciones adoptadas para garantizar el seguimiento del estado ecológico de las aguas superficiales.

España cuenta con 25 cuencas hidrográficas, de las que 12 son intercomunitarias y las 13 restantes están ubicadas en una sola región.

Fuente: http://www.elmundo.es