El Gobierno modifica la ley de consumidores para ampliar los plazos de garantía a partir del año que viene.

reforma de la ley de consumidores

La reforma de la ley de consumidores incluye nuevos derechos y garantías para los usuarios ante el auge del comercio online en España

Todos los productos que se compran en España tienen una garantía de dos años y los fabricantes están obligados a tener piezas para repararlos durante cinco. El Gobierno ha aprobado este martes una modificación de la ley de consumidores para ampliar estos plazos, con lo que la garantía pasará a ser de tres años y las piezas deberán estar disponibles durante una década desde que el producto deja de fabricarse. Según el Ministerio de Consumo, la normativa, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022, supone “un paso más en la estrategia de economía circular” —un modelo que implica reutilizar, reparar y reciclar los productos para extender su ciclo de vida—. Las principales asociaciones de consumidores consideran que es un paso positivo para garantizar el derecho de los ciudadanos a reparar los artículos y que puede evitar el consumismo excesivo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto-ley ómnibus que traslada a la normativa española varias directivas europeas y que apuesta por una mayor durabilidad de los bienes con el objetivo de “lograr patrones de consumo más sostenibles”. Así, la reforma incorpora la durabilidad de un producto como un criterio objetivo para que el consumidor evalúe si está conforme con la compra: cuando un artículo se rompa mientras esté en garantía el cliente podrá elegir entre la reparación o la sustitución (hasta ahora, era la empresa la que elegía si reparaba o sustituía). A partir de 2022 ese plazo de garantía será de tres años para cualquier tipo de producto, y de dos para los contenidos o servicios digitales.

Además, aumenta en cinco años el plazo mínimo durante el cual el fabricante está obligado a garantizar la existencia de piezas de repuesto una vez que el producto deja de fabricarse, pasando de cinco a 10 años. Con ello, Consumo busca “incrementar la durabilidad de los bienes en la lucha contra la obsolescencia y reducir el impacto en el medio ambiente”.

“Nos parece una medida muy positiva y evidentemente necesaria, teniendo en cuenta que hay muchos productos que se compran con una expectativa de durabilidad muy superior a los dos años. La fijación que establecía la normativa se quedaba muy corta”, apunta Rubén Sánchez, portavoz de Facua. “Hay que potenciar la reparación de productos porque hoy en día el modelo económico y de marketing fomenta compras compulsivas y apuesta por convencer a los consumidores de que cuando un aparato se avería hay que tirarlo y comprar otro. Por eso es necesario dar facilidades para que se puedan reparar productos”, continúa.

En este sentido, el departamento que dirige Alberto Garzón explicó hace un mes que trabaja en el llamado Índice de Reparabilidad, una clasificación de los electrodomésticos y aparatos electrónicos según diferentes variables, como la disponibilidad de piezas de reemplazo o la facilidad en el desmontaje. Cuando entre en vigor —todavía no tiene fecha— se traducirá en un sello con una nota (de 0 a 10) que se encontrará en lugar visible en el embalaje del producto, de manera similar a lo que ya ocurre en Francia, donde funciona desde enero de este año.

“La ampliación de la garantía de los productos y la extensión de la obligación de la existencia de piezas de reparación a 10 años es una petición que hemos hecho de forma reiterada durante estos años, en línea con la promoción de la sostenibilidad y durabilidad de los productos, así que lo valoramos de forma muy positiva”, dice Enrique García, portavoz de la OCU. En su opinión, la norma “contempla la ampliación del plazo de la garantía hasta dos años del plazo en el que el consumidor no tiene que demostrar la falta de conformidad del producto, lo que facilitara la reparación”.

Además, “la ampliación del plazo de los repuestos que va en línea con la agenda europea del consumidor y pretender facilitar la transición ecológica hacia un consumo más sostenible”, continúa García. Por todo ello, “esta medida va a evitar los problemas a los que se enfrentan los consumidores a los que se les estropea un producto”, añade. En cualquier caso, la OCU pide que se sancione a las empresas que no respetan la ley y niegan la reparación a los consumidores.

Novedades en los contenidos digitales

La reforma de la ley de consumidores aprobada este martes incluye nuevos derechos y garantías para los usuarios ante el auge del comercio online en España: por primera vez se recoge la contratación de contenidos y servicios digitales que no cuestan dinero al consumidor sino que se obtienen a cambio de sus datos personales, y también los contratos de suministro de contenidos o servicios digitales (programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas).

La reforma establece normas simples y claras sobre las modalidades y el momento de cumplir con la obligación de suministro de los contenidos o servicios digitales por parte del empresario. En la mayoría de los casos, la obligación del empresario de suministrar los contenidos o servicios digitales sin demora indebida implicará tener que suministrarlos inmediatamente.

Fuente: El País