Las empresas de la Unión Europea deberán divulgar información sobre el impacto de su actividad en las personas y el planeta, y sobre los riesgos de sostenibilidad a los que se enfrentan. La directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial (CSRD) ha sido aprobada definitivamente por el Consejo Europeo con el fin de aumentar la responsabilidad de las empresas, evitar normas de sostenibilidad divergentes y facilitar la transición hacia una economía sostenible.

El CSRD fortalece las reglas existentes sobre informes no financieros introducidas en la directiva de contabilidad por la directiva de informes no financieros (NFRD) de 2014, que ya no se adaptan a la transición de la Unión Europea hacia una economía sostenible.

Las nuevas reglas harán que más empresas rindan cuentas por su impacto en la sociedad y las guiarán hacia una economía que beneficie a las personas y al medio ambiente. Los datos sobre la huella ambiental y social estarían disponibles públicamente para cualquier persona interesada en esta huella. Al mismo tiempo, los nuevos requisitos ampliados se adaptan a los distintos tamaños de empresa y les proporciona un período de transición suficiente para prepararse para los nuevos requisitos.

Nuevas reglas de informes para grandes empresas y pymes

La directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial introduce requisitos de información más detallados y garantiza que las grandes empresas y las pymes que cotizan en bolsa estén obligadas a informar sobre cuestiones de sostenibilidad, como los derechos ambientales, los derechos sociales, los derechos humanos y los factores de gobernanza.

Las nuevas reglas de informes de sostenibilidad se aplicarán a todas las grandes empresas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados, excepto las microempresas que cotizan en bolsa. Estas empresas también son responsables de evaluar la información aplicable a sus subsidiarias.

Las normas también se aplican a las pymes cotizadas, teniendo en cuenta sus características específicas. Las pymes que cotizan en bolsa podrán optar por no participar durante un período transitorio, eximiéndolas de la aplicación de la directiva hasta 2028.

Para las empresas no europeas, el requisito de proporcionar un informe de sostenibilidad se aplica a todas las empresas que generan una facturación neta de 150 millones de euros en la UE y que tienen al menos una subsidiaria o sucursal en la UE que supera ciertos umbrales. Estas empresas deben proporcionar un informe sobre sus impactos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG), tal como se define en esta directiva.

Fecha de aplicación del reglamento

El 21 de junio de 2022, el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre la CSRD, que fue refrendado por los representantes de los estados miembros de la UE el 30 de junio de 2022. Ahora, tras la aprobación por el Consejo Europeo se ha adoptado el acto legislativo.

Una vez firmado por el presidente del Parlamento Europeo y el presidente del Consejo Europeo, se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor 20 días después. Los Estados miembros deberán implementar las nuevas reglas 18 meses después.

La aplicación del reglamento se realizará en cuatro etapas. Así, las empresas ya sujetas a la NFRD deberán informar en 2025 sobre el ejercicio de 2024 y las grandes empresas que actualmente no están sujetas a la NFRD tendrán que informar en 2026 sobre el ejercicio 2025.

Por otro lado, las pymes cotizadas (excepto las microempresas), las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas informarán en 2027 sobre el ejercicio 2026 y las empresas de terceros países con un volumen de negocios neto superior a 150 millones en la UE, si tienen al menos una filial o sucursal en la UE que supere ciertos umbrales, deberán informar en 2029 sobre el ejercicio fiscal 2028.