El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado la audiencia pública del proyecto de Real Decreto por el que se regula la producción de energía eléctrica en instalaciones ubicadas en el mar, disponible aquí. La propuesta normativa plantea otorgar de forma simultánea, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, el régimen económico de energías renovables y la reserva de la capacidad de acceso a la red y de la concesión de uso del dominio público-marítimo terrestre.
La Hoja de Ruta de la Eólica Marina y las Energías del Mar, y la actualización del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030, establecen los objetivos de alcanzar hasta 3 GW de eólica marina y hasta 60 MW de otras fuentes renovables marinas hasta 2030. Este desarrollo, ordenado, respetuoso con el medio ambiente y compatible con otros usos y actividades en el mar, generará una importante actividad económica y permitirá crear unos 40.000 puestos de trabajo.
España ya es un líder global en el ámbito de las energías renovables y está particularmente bien preparada en el caso de las incipientes energías marinas; tenemos potentes sectores eólico y naval, y somos un polo de referencia europeo de I+D para el diseño, escalado y demostración de nuevas tecnologías: España es el socio europeo con más instalaciones de I+D, como la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN), la Plataforma de Energía Marina de Vizcaya (BiMEP) o la Zona experimental de aprovechamiento de energías marinas de Punta Langosteira (A Coruña), el segundo banco de pruebas del mundo para la energía de las olas.
Buena integración en el espacio marítimo
Para alcanzar los objetivos de desarrollo de la eólica marina y las energías del mar, el MITECO ha aprobado los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo, un instrumento de zonificación para los distintos usos del mar (pesca, navegación, producción energética…), que incluye 19 Zonas de Alto Potencial (ZAP) para la instalación de aerogeneradores marinos, con 5.000 kilómetros cuadrados de superficie, el 0,46% de las aguas territoriales.
Tras este ordenamiento del espacio jurisdiccional marino, procede aprobar un nuevo marco normativo para la eólica marina y las energías del mar, adaptado a la legislación actual y al estado de la tecnología. En este sentido, en junio de 2022 el MITECO ya lanzó una consulta pública previa para recabar información a los interesados.
El proyecto normativo afectará a las instalaciones eólicas marinas y a otras energías del mar, como la undimotriz, que produzcan energía en todo el territorio marino de jurisdicción española. Permitirá otorgar de forma simultánea, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, el Régimen Económico de Energías Renovables y la reserva de la capacidad de acceso en un nudo concreto de la red eléctrica y de la concesión del dominio público marítimo-terrestre por un plazo máximo de 30 años.
Criterios para maximizar las externalidades positivas
Los concursos que servirán para otorgar dichos derechos, además de criterios económicos y técnicos –precio de la energía, cupo de potencia a otorgar, solvencia de los participantes, características y requisitos de la tecnología, etcétera– se podrán tener en cuenta otros criterios, como la ocupación de espacio, la minimización del impacto ambiental, planes para desmantelamiento de los equipos al final de su vida útil, creación de empleo e industria locales, participación de Pymes, o la incidencia sobre la navegación, o el apoyo a otros sectores económicos, como la pesca.
Además, atendiendo a la complejidad de los proyectos, podrá haber una fase de diálogo público-privado, adicional a los habituales procedimientos de participación y audiencia pública, para incrementar sus externalidades socioeconómicas positivas y favorecer su integración y su compatibilidad con otros usos del mar.
El desarrollo de las energías del mar es prioritario para el Gobierno, que ya ha destinado 147 millones de euros para proyectos piloto demostradores y plataformas de ensayo de renovables marinas en el marco del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (PERTE ERHA).
Los comentarios al proyecto de Real Decreto por el que se regula la producción de energía eléctrica en instalaciones ubicadas en el mar pueden remitirse a bzn-sgernormativa@miteco.es hasta el 25 de marzo de 2024, indicando en el asunto “Alegaciones al proyecto de real decreto de renovables marinas”.
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Fuente: MITECO
Al respecto me permito comentar lo siguiente:
La intención de lograr objetivos nacionales de producción de energía eólica es sumamente importantes para lograr el cambio de la generación de electricidad aumentando la proveniente de las renovables para hacer frente al cambio climático. Lograr la ordenación del espacio marítimo es algo novedoso, pero considero que éste debe basarse no sólo en términos de las zonas con mayor incidencia de vientos sino también considerar las zonas con mayor biodiversidad marina (destinadas a pesca artesanal o pesca a gran escala) de modo de conciliar ambos objetivos como son la conservación de la biodiversidad y la generación eléctrica. En ese sentido, el informe de compatibilidad es esencial. Por otro lado, las reuniones para el diálogo público-privado (acá lo conocemos como de participación ciudadana) me parece que apuntan a lograr una situación de ganar-ganar entre los afectados y las empresas que ejecutarán los proyectos. No obstante, no puedo visualizar en este proyecto de norma cómo el estado y/o empresa generadora podrá encaminarse en caso de una negativa social a un proyecto offshore.
Como se ha indicado a lo largo del curso Evaluación y Seguimiento del Impacto de los Parques Eólicos sobre la Fauna, los impactos de los proyectos offshore todavía no se conocen del todo y hay mucho que ahondar en ello, se conocen más en relación a los proyectos onshore. En Perú la implementación de los proyectos eólicos ha iniciado hace pocos años y todavía no se tienen en cartera proyectos offshore. El Estado peruano está concesionado zonas para la que se desarrollen los proyectos, basado en la Norma que el Decreto Legislativo de Promoción de la inversión para Generación de Electricidad con el uso de Energías Renovables (D.L. N° 1002). Para temas ambientales sólo contamos con un Reglamento Ambiental para la Protección Ambiental en las actividades eléctricas (D.S. N° 014-2019-EM) que menciona en términos generales sobre las medidas de prevención para reducir el impacto en la biodiversidad.
España, actualizando la norma sobre regulación de la eólica marina tiene un avance normativo mucho mayor.
Saludos,
Hjalmar Alemán