La Comisión Europea vuelve a denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por incumplir la directiva de aguas residuales urbanas, una norma que busca proteger la salud humana y salvaguardar el entorno natural.

España asume que pagará multa por incumplimientos en depuración hasta 2025

La Comisión Europea ha decidido este miércoles llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplimiento de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE del Consejo).

Las investigaciones de la Comisión ponen de manifiesto un incumplimiento generalizado de la obligación de la Directiva en 133 aglomeraciones españolas.

La CE envió una carta de emplazamiento a España en diciembre de 2016 y un dictamen motivado en febrero de 2020, en los que pedía a España que diera pleno cumplimiento a la Directiva sobre las aguas residuales urbanas. Si bien la Comisión se congratula de que España haya registrado progresos, sigue teniendo que velar por la existencia de sistemas colectores en las aglomeraciones y por qué, cuando esté justificado, el uso de sistemas individuales u otros sistemas adecuados, que alcancen el mismo nivel de protección medioambiental.

España también debe redoblar sus esfuerzos por garantizar que las aguas residuales recogidas reciban un tratamiento suficiente para alcanzar los niveles pertinentes en la materia.

Esto significa que existen aglomeraciones en la UE en que deben construirse o mejorarse las infraestructuras, lo cual puede requerir inversiones en la construcción de nuevas infraestructuras físicas o en la mejora de instalaciones de tratamiento ya existentes.

En este sentido en una reciente respuesta escrita del Gobierno en sede parlamentaria España asume que las sanciones por incumplimientos en los objetivos de la Directiva de Aguas Residuales, que ya suman casi 63 millones de euros, no alcanzará los objetivos exigidos por Bruselas en la materia hasta 2025.

En total España ha pagado 62,96 millones de euros en concepto de sanción por el incumplimiento de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, por el que se han abonado hasta la fecha los 12 millones de euros correspondientes a la suma de las multas a tanto alzado y cinco pagos semestrales de la multa coercitiva, por un importe total de 50.966.945,10 euros.

 

Las aguas residuales no tratadas pueden estar contaminadas con bacterias y virus, por lo que suponen un riesgo para la salud humana y pueden contaminar lagos, ríos, suelos, costas y aguas subterráneas. Contienen asimismo nutrientes, como el nitrógeno y el fósforo, capaces de dañar las aguas dulces y el medio marino al favorecer la proliferación excesiva de algas que asfixian otras formas de vida, proceso denominado eutrofización.

La Comisión publicó en septiembre de 2020 el Décimo informe sobre el estado de ejecución de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, según el cual la recogida y el tratamiento de las aguas residuales en las ciudades y municipios de Europa han mejorado de manera global, aunque los logros conseguidos difieren entre los Estados miembros.

La Directiva tiene por objeto proteger el medio ambiente de los efectos adversos de las aguas residuales urbanas procedentes de los sectores doméstico e industrial. Con arreglo a la Directiva, las ciudades están obligadas a poner en marcha las infraestructuras necesarias para recoger y tratar sus aguas residuales urbanas, eliminando o reduciendo así todos sus efectos no deseados cuando se vierten en las masas de agua.

El Pacto Verde Europeo establece un objetivo de contaminación cero para la UE, que beneficia a la salud pública, el medio ambiente y la neutralidad climática, además de mejorar la resiliencia de Europa. El objetivo de la legislación de la UE, como la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, es proteger la salud humana y salvaguardar el entorno natural, y es fundamental que los Estados miembros la apliquen plenamente.

De conformidad con la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, los Estados miembros de la UE deben establecer un tratamiento secundario de todos los vertidos procedentes de aglomeraciones urbanas de más de dos mil equivalentes habitante, y un tratamiento más avanzado en las aglomeraciones urbanas de más de diez mil equivalentes habitante en zonas sensibles designadas.

El tratamiento secundario complementa la eliminación de materia sólida procedente de aguas residuales urbanas (el denominado tratamiento primario) con la descomposición de las sustancias orgánicas mediante bacterias. A veces se requiere un tratamiento adicional para proteger los medios acuáticos sensibles.

España reconoce que  si bien se han reducido casi a la mitad el número de pequeños municipios que incumplen la directiva, actualmente dos de las nueve aglomeraciones que incumplían en el procedimiento de “Zonas Normales”, Tarifa y Coín, ya lo hacen, por lo que son siete las aglomeraciones urbanas incluidas en la multa por incumplimiento impuesta a España: cinco en Andalucía (Alhaurín el Grande, Barbate, Isla Cristina, Nerja y Matalascañas), una en Asturias (Gijón Este) y una en Canarias (Valle de Güimar).

De las siete aglomeraciones urbanas incluidas en la multa impuesta a España en el procedimiento de infracción de “Zonas Normales”, es responsabilidad de la Administración General del Estado el cumplimiento de cuatro de ellas: Barbate, Matalascañas, Nerja y Gijón Este.

Así mismo, los Planes Hidrológicos del tercer ciclo (2022/2027), que se aprobarán a lo largo de este año, contemplan unas inversiones hasta 2027 de alrededor de 7.400 millones para mejorar el saneamiento y la depuración, de los que 2.800 millones van a ser financiados por la Administración General del estado. Además, en los Presupuestos Generales del Estado se han incrementado en 100 millones de euros las inversiones destinadas al saneamiento y la depuración.

Por lo que se refiere a la aplicación más amplia de la Directiva sobre las aguas residuales urbanas, la Comisión ha detectado hasta ahora infracciones graves en diecisiete Estados miembros y ha incoado procedimientos de infracción contra ellos, por diversas razones.

En 2021 fueron los más recientes, cuando la Comisión llevó a Eslovenia, Francia y Hungría ante el Tribunal de Justicia de la UE y prosiguió los procedimientos de infracción contra Bélgica, Eslovaquia y Grecia. En febrero de 2022 también llevó a Malta y Polonia ante el Tribunal de Justicia de la UE.

En lo que respecta a España, la Comisión ha incoado varios procedimientos de infracción por la falta de recogida y tratamiento de aguas residuales en un gran número de aglomeraciones de toda España, lo que ha dado lugar a dos sentencias del Tribunal con arreglo al artículo 258 y a una sentencia del Tribunal con arreglo al artículo 260 contra ese país.

Fuente: Ágora Diario