El Grupo Popular ha presentado en el Congreso una enmienda al proyecto de Ley de Montes por el que recupera la definición vigente de agente forestal, que había sido modificada en el proyecto de Ley del Gobierno y criticada por los propios agentes forestales.

El Ejecutivo propuso un texto en el que se suprimía la referencia expresa a la condición de funcionarios de estos agentes y además añadía que su actuación se entendía de forma auxiliar con la de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con respeto a las facultades de su legislación orgánica reguladora.

La propuesta del PP recupera la actual definición del Agente Forestal: «Funcionario que ostenta la condición de agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6.º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

De este modo, los ‘populares’ justifican que se recupera el texto vigente con el objetivo de expresar «explícitamente» la necesidad de ser funcionario para ser agente forestal, pese a ser una condición para ello. Además, señala que se ajusta la definición de agente a «las realidades» de las funciones de los miembros de estos cuerpos, incluyendo la vigilancia como una de las «labores fundamentales» que desarrollan.

La portavoz del PP en la Comisión de Medio Ambiente, María Teresa de Lara, ha explicado, en declaraciones a Europa Press, que su formación quiere dar así satisfacción a las peticiones planteadas por los propios agentes forestales, con los que se han reunido. Aunque la parlamentaria considera que se sobreentiende que un agente de la autoridad tiene que ser un funcionario, señala que han querido dar satisfacción a la reivindicación del sector que prefería evitar que la nueva redacción sembrara dudas sobre su condición.

Por otro lado, otras enmiendas del PP a la Ley de Montes quieren establecer una reducción del 10 por ciento en el impuesto de sociedades a las sociedades forestales en los gastos e inversiones destinados a la conservación, mejora, protección y acceso del monte. Igualmente, plantea que los propietarios que cedan los derechos de sus terrenos a las sociedades forestales queden exentos de tributar las plusvalías.

Así consta en las enmiendas presentadas por los ‘populares’ en el Congreso al proyecto de Ley de Montes, a las que ha tenido acceso Europa Press, y que, según argumentan, pretenden generar actividad económica en las zonas rurales e incentivar las agrupaciones de propietarios y la sostenibilidad de los montes. Por la misma razón, también plantean otras medidas fiscales para el «fomento de la profesionalización y mejora de la rentabilidad de las explotaciones».

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A juicio del PP, la rebaja del impuesto de sociedades trata de «fomentar la concentración de titulares de montes ahora dispersos», las denominadas SOFORES (Sociedades Forestales de naturaleza mercantil), mediante el establecimiento del régimen especial de diferimiento previsto en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Con ello, consdiera que se evitaría la tributación que pudiera existir en el momento de realización de aquellas operaciones por las que se ceden los derechos de uso forestal por parte de los propietarios de parcelas susceptibles de aprovechamiento forestal, a la sociedad forestal a cambio de participaciones en la misma.

Es decir, que los propietarios forestales que opten por integrarse en una sociedad forestal cediendo sus derechos de uso forestal no tendrían que tributar por la plusvalía que pueda generar al traspasar esos derechos a la sociedad.

Según han explicado fuentes gubernamentales a Europa Press, con estas dos propuestas fiscales se pretende «ayudar a conservar y mejorar la superficie forestal» y a generar la actividad económica en las zonas rurales, así como ayudar a que la explotación económica de los montes «sea rentable». La justificación es que cuando la rentabilidad es negativa no se realizan las inversiones necesarias para garantizar el cuidado y la conservación de los mismos y, en definitiva, evitar incendios.

4/5 para constituir montes de socios

Además, el Grupo Popular plantea modificar el proyecto de Ley de Montes para determinar que para poder constituir un monte de socios, aunque este comience a iniciativa de varios o de uno solo de sus propietarios, sea necesario contar con el acuerdo de cuatro quintas partes de los titulares conocidos y su formalización por escrito.

Una vez que todos los propietarios sean identificados, y se establecen las formas de lograrlo en el texto del proyecto de Ley, quedará disuelta la sociedad de Montes de Socios y pasará a regir con las reglas de régimen de bienes en proindiviso. Si quedan cuotas vacantes, estas serán afectadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

El objetivo en este ámbito es lograr que las juntas gestoras se constituyan ante la administración más próxima al monte y garantizar la seriedad y la imparcialidad en el proceso y mantener la transmisión familiar de las partes conocidas.

Finalmente, otra de la propuestas del PP inlcuye la delimitación del uso forestal en el planeamiento urbanístico con el fin de evitar transformar mediante la urbanización el suelo forestal afectado a un servicio público.

Fuente: http://www.europapress.es/