Se acaba de publicar en el BOE el Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el RD 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

RITE

La actualización del RITE contribuye a alcanzar el objetivo de mejora de la eficiencia energética

El nuevo RITE adapta sus requisitos para las instalaciones térmicas con el fin de contribuir al cumplimiento de las directivas europeas sobre eficiencia energética y energías renovables que han sido recientemente actualizadas, y al de varios reglamentos europeos de diseño ecológico y etiquetado de productos relacionados con la energía.

La actualización del RITE contribuye, por tanto, a alcanzar el objetivo de mejora de la eficiencia energética a través de la reducción del consumo de energía en un 39,5% en 2030 y de energía final en 36.809,3 toneladas equivalentes de petróleo (Ktep); objetivos, estos, establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC)

La eficiencia energética y las energías renovables como factores prioritarios

Una de las principales novedades del RITE es la obligación de justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros más eficientes y sostenibles, tales como la bomba de calor geotérmica o la hibridación de energía solar térmica con caldera de gas natural. Esta justificación deberá ir acompañada de una comparativa entre el sistema de producción de energía elegido y otros alternativos, teniendo en cuenta aquellos sistemas que sean viables técnica, medioambiental y económicamente.

En el caso de las edificaciones existentes sujetas a reforma, el técnico competente deberá proponer instalaciones alternativas de alta eficiencia y plantear un reemplazo de equipos fósiles por otros renovables. Además, deberá evaluarse la eficiencia energética de todas las instalaciones técnicas de los edificios cuando vayan a ser instaladas, sustituidas o mejoradas.

A su vez, los edificios de uso no residencial de más de 1.000 metros deberán dar publicidad a sus usuarios sobre el consumo de energía en esos edificios durante los últimos años y el origen de esta. Esto mejora la información disponible para que usuarios y propietarios puedan optar por soluciones más eficientes.

Edificios inteligentes

Además, los edificios no residenciales con grandes consumos (>290 kW de potencia instalada en climatización) deben convertirse en edificios inteligentes de forma que contribuyan a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Cambios en la medición del agua caliente en redes urbanas

La actualización del RITE recoge también obligaciones relativas a los contadores de agua caliente para redes urbanas, reparto de los costes de agua caliente e información sobre la facturación de estos consumos. En este sentido, los contadores de agua caliente sanitaria de uso común compartido en instalaciones posteriores a esta modificación deberán disponer de un servicio de lectura remota que permita la liquidación individual de los costes en base al consumo.

La empresa encargada del servicio de medición, reparto y contabilización deberá aclarar, de forma previa a la firma del contrato, si las tecnologías utilizadas para los servicios de lectura de consumo permiten la posibilidad de un cambio en el proveedor de este servicio sin necesidad de incurrir en gastos adicionales.

Otros cambios que se establecen

Se modifica el régimen de inspecciones de instalaciones térmicas en edificios, se introducen nuevas definiciones en el Reglamento y se modifican otras de las ya existentes en la normativa, con el fin de homogeneizar los términos en materia de edificación y eficiencia energética.