El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), un Real Decreto-Ley sobre medidas urgentes en materia de Medio Ambiente con el objetivo de lograr una simplificación y agilización administrativas de la gestión ambiental.

Con este Real Decreto-Ley, el Gobierno impulsa una legislación ambiental más sostenible, clara y sencilla para proteger el medio ambiente y fomentar un desarrollo compatible e integrado en él, eliminando aquellos mecanismos de intervención ineficaces por su propia complejidad y que imponen dificultades de gestión para las administraciones públicas y demoras en los ciudadanos.

Se establecerán medidas de protección para el Alto Guadiana. Foto: www.turismocastillalamancha.com

Gestión del Agua

En materia de gestión de agua, y en el marco de este contexto de sequía meteorológica, este Real Decreto-Ley introduce una serie de medidas para conseguir un uso más adecuado del agua a través de una gestión eficaz y coordinada en la que se preserve, como principio fundamental, la unidad de gestión de cuenca.

Así, con la finalidad de racionalizar la gestión y el uso del agua, y en línea con la Directiva de la Unión Europea “Marco del Agua”, se regulan las masas de agua subterránea y el buen estado de las mismas. Así, se introduce un régimen que permita reaccionar con rapidez ante los problemas que se detecten en los acuíferos subterráneos, así como una mayor flexibilidad para gestionar sus disponibilidades de agua en las masas que cuenten con un plan de actuación.

Además, esta nueva normativa hoy aprobada refuerza la potestad sancionadora del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en materia de aguas, con el objetivo de garantizar una correcta aplicación de la legislación, y con sanciones que oscilan entre las leves (multa de hasta 10.000 euros) y las muy graves (de entre 500.000 y hasta 1 millón de euros).

El Real Decreto-Ley también refuerza el principio de unidad de gestión de las cuencas hidrográficas intercomunitarias, elevado a principio constitucional por el Tribunal Constitucional. Además, el nuevo texto normativo incorpora medidas que incentivan la transformación de los derechos de aprovechamiento privados de aguas a derechos concesionales, para facilitar y mejorar la gestión de episodios meteorológicos e hidrológicos desfavorables.

Por último en materia de agua, se añaden condiciones específicas para mejorar la situación del Alto Guadiana evitando un deterioro del acuífero y permitiendo mantener la sostenibilidad de las instalaciones agrícolas derivadas.

Protección del Medio Natural

Por otro lado, el RD-L modifica la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad para consolidar y unificar en un solo instrumento de protección las diversas figuras protectoras y mecanismos de planificación que, en ocasiones, se solapan en la gestión de los espacios protegidos y de la Red Natura 2000, generando retrasos e inconvenientes entre la administración y los ciudadanos. Se quiere acabar así con situaciones en las que, en una misma hectárea, podían concurrir diferentes instrumentos de gestión.

Además, la normativa garantiza la compatibilidad de esta protección y conservación plenas con las necesidades de desarrollo propias de los núcleos urbanos allí ubicados, a través de la planificación de estos espacios naturales y los adecuados planes de e instrumentos de gestión y desarrollo.

Esta modificación instituye también un procedimiento para comunicar a la Comisión Europea las medidas compensatorias adoptadas en estos espacios protegidos.

Una de las reformas incluidas en el RD es la limitación del ámbito de aplicación de los SDDR. Imagen: Planta de reciclaje EFE

Residuos y suelos contaminados

El nuevo texto, por último, introduce también modificaciones en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados con el objetivo de simplificar y reducir las cargas administrativas que ocasionaban incertidumbre e inseguridad en la aplicación de ciertos aspectos de la norma.

Las principales modificaciones que se refieren a este ámbito son las relativas a los Sistemas de Depósito Devolución y Retorno (SDDR), con el objetivo de evitar imprecisiones, incoherencias e interpretaciones ambiguas de la normativa. Por ello se modifica su redacción y se precisa el alcance de la aplicación de los SDDR.

Así, a partir de la aprobación de este Real Decreto-Ley estos sistemas se establecerán en los casos en los que las características del residuo, sus dificultades de valorización o eliminación o el incumplimiento de los objetivos de gestión determinen que la aplicación de estos sistemas resulte la más adecuada.

Asimismo, se introducen modificaciones para disminuir cargas administrativas relacionadas con los traslados de residuos y con la obtención de las autorizaciones de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.

Subasta de derechos de emisión

También se reforma la Ley del Mercado de Valores para adaptar la normativa española a la europea y permitirá así el nuevo sistema de subasta de derechos de emisión de CO2.

De esta forma, con esta adaptación normativa el Gobierno impulsa el acceso de las empresas españolas al futuro sistema de reparto de emisiones de una manera competitiva e igualitaria con el resto de Europa, todo ello en el marco del objetivo general de lucha contra el cambio climático.

Las primeras subastas de derechos de emisión comenzarán durante el segundo semestre de 2012, aunque cobrarán mayor importancia a partir de 2013. La UE en su conjunto subastará en 2012 un volumen de 120 millones de derechos de emisión, de los cuales a España le corresponde subastar algo más de 10 millones.

Consulta del Real Decreto

Fuente: MAGRAMA